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lunes, 9 de septiembre de 2013
Suspendidos cuatro entrenadores claves en Santa Rita
La junta de comisarios del óvalo zuliano los penalizó con seis meses por el uso de sustancias prohibidas.
Foto cortesía: lahipodromodigital.com
Tomado íntegramente de: liderendeportes.com
Por: Antonio José Medina.
CARACAS.- La junta de comisarios del hipódromo de Santa Rita, integrada por: Nilson García, Alcides Sierra, Rubén Marcano, Hendrick Fernández y Ninoska Bermúdez; determinó suspender por seis meses a los entrenadores: Héctor Reyes Godoy, Nilo Bravo, Marwil A. Soto y Javier Villalobos, por salir positivos algunos de sus ejemplares.
En las resoluciones de los jueces del INH surge el primer caso del entrenador Héctor Reyes con seis meses, tras comprobarse “el uso de la sustancia prohibida ácido mefenámico en los ejemplares El Negrito y Raulenrique”, los cuales participaron en la reunión N° 21 de fecha 20 de junio de este año.
Igualmente, sancionaron a su colega Nilo Bravo con seis meses tras el suministro de “cafeína y metabolitos en los ejemplares Victory Lawyer y Messina”, en la reunión 22 del 27 de junio de este año.
El tercer expediente es para el entrenador Marwil Soto, quien tiene bajo su cuidado a la yegua Waka Waka. La misma salió positiva con cafeína cuando corrió en la reunión 26 del 25 de junio de 2013.
Otro que salió perjudicado fue Javier Villalobos por el caso del purasangre The Power Angel. El equino resultó positivo con el medicamento cafeína en la reunión 26 del 25 de julio.
Sin embargo, los cuatro entrenadores podrán interponer un recurso de reconsideración ante la junta de comisarios. Igualmente, un recurso jerárquico ante la presidencia del INH, contados a partir de la fecha de la notificación.
Otro tema
El fusta Miguel Caldera no se quedó afuera. Fue suspendido por el término de un mes tras el retiro del caballo Leoalex en la séptima competencia de este jueves en Santa Rita.
Los comisarios le aplicaron el artículo 347, ordinal 6 del Reglamento Nacional de Carreras que dice: “Cualquier otra falta o irregularidad violatoria del presente reglamento que no está sancionado expresamente”.
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